JUZGADO DE FAMILIA Y PENAL DE NIÑOS Y ADOLESCENTES DE VICTORIA S ALQUILER DE INMUEBLE

Res.Trib. Sup. Nº 188/20.-
“JUZGADO DE FAMILIA Y PENAL DE NIÑOS Y ADOLESCENTES DE VICTORIA S ALQUILER DE INMUEBLE S/ ALQUILER DE INMUEBLE (CALLE BARTOLOME MITRE N° 575/81)” 45074

///RANA, 28 de diciembre de 2020.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
El estado de las presentes actuaciones, iniciadas en virtud del vencimiento (30/09/2020) del contrato de locación del inmueble de calle Bartolome Mitre N° 575/81 de la ciudad de Victoria, donde actualmente funciona el Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de esa localidad.
Que a fs. 4, el Area de Planeamiento e Infraestructura Edilicio realiza un amplio informe, expresando que el inmueble se encuentra en buen estado general, que se han producido filtraciones que fueron atendidas por el propietario, en lo que respecta al funcionamiento del inmueble el espacio físico es adecuado para las oficinas, incrementándose la necesidad de contar con espacio para archivo y un cerramiento -patio y galería central- para el uso al público.-
Que desde la Oficina de Compras, se solicitó al habilitado del Juzgado de Victoria, requiera al propietario una propuesta de renovación del contrato de alquiler, por el término de tres (3) años, con las actualizaciones previas para cada año, ante lo cual se recibió nota del propietario Dr. Guillermo Albornoz comunicando la propuesta de renovación por dicho plazo, con un importe de $130.000,00 (Pesos Ciento treinta Mil) para el primer año y con una actualización del 40% anual, aclarando que dichos valores son relativos y sujetos a modificaciones a la fecha de firma del contrato, significado incrementos del 43,25% para el primer año, considerando que el monto mensual actual es de $ 90.750,00 (Pesos Noventa Mil Setecientos Cincuenta) y el importe para el segundo año sería de $ 182.000,00 (Pesos Ciento Ochenta y Dos Mil) y para el tercer año de $ 254.000, 00 (Pesos Doscientos Cincuenta y Cuatro Mil) mensuales .-
Que a fs. 11 se le solicitó al propietario que realice a su cargo la cobertura -cerramiento- del patio y galería central de dicho inmueble, además la posibilidad de llevar a cabo una construcción en el terreno disponible en dicho inmueble, destinado al archivo, el que sería anexado a la construcción principal, indicando en este caso el mayor costo que sufriría la locación.-
Que a fs. 19 el Dr. Guillermo Albornoz , propietario del inmueble, manifestó que el valor locativo a partir de Octubre de 2020 sería de $196.00,00 ( Pesos Ciento Noventa y Seis Mil) mensuales quedando amparados bajo la nueva ley de alquileres y respecto a la construcción en el terreno destinado al archivo resulta muy dificultoso teniendo en cuenta la situación económica actual y los precios de la construcción atados al dólar.-
Que a fs. 21 y 23 el Área de Planeamiento se expide al respecto, detallando los valores de las construcciones y aconseja continuar con la locación relacionado a lo mencionado a fs..4 .-
Que a fs. 25, la Contaduría del Poder Judicial se expide respecto a la disponibilidad financiera para hacer frente al gasto, por lo que se interesa una mejora de oferta, como así también con relación al encuadre legal para proceder a la contratación de un nuevo inmueble, la cual correspondería llevarse a cabo mediante el procedimiento de “Solicitud de Cotización”, de conformidad a lo dispuesto en el art. 118 del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto Nº795/96 M.E.O.S.P:, modificado por el Decreto Nº4290/13 M.E.H.F. y complementarios.
Agrega además que la propuesta de renovación del Sr. Albornoz -fs.19- resulta muy elevada en relación a los valores que se manejan presupuestariamente considerando que las partidas para este tipo de inversiones se han incrementado solo un 20,5% respecto al ejercicio anterior, por lo que interesa una mejora de oferta de alrededor del 30/35% de incremento respecto del canon anual.
A fs. 27 y 30 obra dictamen de la Comisión de Locaciones del S.T.J. expresando que la propuesta de renovación se aleja significativamente de las posibilidades presupuestarias de este Poder Judicial. Asimismo, el Dr. Daniel O. Carubia manifiesta que, sin perjuicio de solicitarse una adecuación de la pretensión, considera conveniente iniciar la gestión de búsqueda de un nuevo inmueble. Por su parte la Dra. Claudia Mizawak, sugiere solicitar al propietario una mejora de oferta de alrededor 30/35% de incremento anual que es lo que el STJ podría afrontar y de no ser ello posible considera conveniente iniciar la gestión de búsqueda de un nuevo inmueble.
Que a fs. 34 obra agregada propuesta del Sr. Albornoz, propietario del inmueble, en la que manifiesta que el contrato de locación sería por un año, por la suma de Pesos Ciento Treinta Mil ($ 130.000,00), mas impuesto municipal a cargo del locatario.-
Nuevamente la Comisión de Locaciones del S.T.J. dictamina a fs. 45 y 47 manifestando que se sugiere aceptar la propuesta efectuada por el propietario prorrogándose el contrato de locación por un (1) año al valor mensual ofrecido, debiendo iniciarse la gestión para conseguir un nuevo alquiler donde funcione el Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Victoria, a través del mecanismo de Solicitud de Cotización.
Que a fs. 49 la Contaduría General manifiesta que ante la mejora realizada por parte del propietario para la renovación del contrato de alquiler por un (1) año más impuestos, ello resulta presupuestariamente viable.
Que por ello, de conformidad a los considerandos precedentes,

SE RESUELVE:
1º) Continuar con la locación del inmueble de calle de calle Bartolome Mitre N° 575/81 de la ciudad de Victoria, donde actualmente funciona el Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de esa localidad, por el plazo de un (1) año a partir del 01/10/2020, por la suma de PESOS CIENTO TREINTA MIL ($130.000,00) mensuales más impuesto municipal.-
2º) Autorizar al señor Juez del Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes, Dr. Juan Eduardo LLoveras, a cargo de la Superintendencia de Victoria, para que en nombre y representación del Superior Tribunal de Justicia, celebre el contrato de locación con el Sr. Guillermo Albornoz, recordándole al Magistrado que deberá recabar del propietario al momento de la suscripción del contrato la suma de PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS ($7.800,00) correspondiente al cincuenta por ciento (50%) en concepto de sellado fiscal, más el importe por cada copia.-
3º) Autorizar a la Oficina de Compras y Asesoramiento a realizar los trámites necesarios, para que mediante el “Procedimiento de Solicitud de Cotización” -art. 118 bis del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto 795/96 M.E.O.S.P., modificado por Decreto Nº4290/13 M.E.H.F. y complementario-, efectúe la contratación de un espacio físico para el funcionamiento del Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de la ciudad de Victoria, que reúna las características técnicas señaladas por el Area de Planeamiento a fs.4 y vto..-
4º) Remitir, vía correo electrónico, el modelo de Contrato de Locación aprobado por Acuerdo General N 11/18, del 24-04-18.-
5º) Registrar. Notificar con copia de la presente a la Tesorería del Poder Judicial y oportunamente pasar a la Oficina de Compras a sus efectos.-FDO: DRES. MARTIN F. CARBONELL – MIGUEL ANGEL GIORGIO – GERMAN REYNALDO F. CARLOMAGNO – EMILIO A.E. CASTRILLON. ANTE MI: ESTEBAN SIMON.-