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Video conferencia

VIDEO CONFERENCIAS

Acuerdo General
El STJ reglamentó el Sistema de Videoconferencia para su uso en Capacitación y producción de pruebas

En Reunión de Acuerdo General Nº 18/15 el Superior Tribunal de Justicia aprobó el “Reglamento para el uso de Videoconferencias” que tendrá aplicación en todas las jurisdicciones de la Provincia. De esta forma se ordena la utilización de estas nuevas tecnologías, herramientas que permiten a los operadores judiciales una mayor celeridad en los procesos que llevan adelante.

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, con el objetivo de poner a disposición del Poder Judicial la Sala de Videoconferencia, con el fin de participar en Cursos en Línea, Video Conferencias, reuniones virtuales en el ámbito de la ciencia, la capacitación judicial y diligencias probatorias ordenadas por parte de organismos judiciales; aprobó el “Reglamento para el uso de Videoconferencias”.

La norma fue aprobada por el Alto Cuerpo en Acuerdo General Nº 18/15 del pasado 23 de junio de 2015.
La Sala de Videoconferencia del Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos estará a disposición de todos los operadores judiciales que así lo requieran y deberán regirse por las normas aprobadas por el STJ.

Asimismo se recordó que el Poder Judicial de Entre Ríos se encuentra adherido al Protocolo de Videoconferencia aprobado por la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ju.Fe.Jus).

El Reglamento aprobado por el STJ prevé la confección de un Formulario por parte del solicitante – Solicitud de Videoconferencia – con el fin de detallar la actividad y dar la correspondiente intervención a los organismos que tienen a su cargo la materialización del evento.

Es de recordar que el Sistema de Videoconferencia viene siendo utilizado tanto para actividades de capacitación como para las propiamente jurisdiccionales. Como ejemplo se lo ocupó para la producción de prueba, tal como aconteció el pasado 11 de marzo, oportunidad en la cual pudieron ser entrevistados cuatro familiares de una persona cuya muerte es investigada por la Cámara Criminal de Caleta Olivia en la Provincia de Santa Cruz – ver Información BLOG-SIC 30/15 -.

Asimismo este Sistema permitió realizar con éxito, el pasado 25 de junio, la primera Mediación a Distancia desde la provincia de Entre Ríos, a solicitud del Centro de Mediación de la Provincia de La Pampa y la colaboración del Centro de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos del STJ – ver Información BLOG-SIC 133/15 -.

El texto completo del “Reglamento para el uso de Videoconferencias” se puede consultar en el siguiente enlace.

Gacetilla Informativa Nº 91/15 – 12 de agosto de 2015.

Reglamento para la Utilización

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Formulario de Solicitud

Descargue el formulario de solicitud para la utilización del Sistema de Video Conferencias

Sistema de Video Conferencias - Formulario De Solicitud
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Normas - Consejos - Recomendaciones

1) NORMAS DE ETIQUETA PARA VIDEOCONFERENCIAS
2) CONSEJOS PARA APLICAR DURANTE LA VIDEOCONFERENCIA
3) RECOMENDACIONES PARA PRESENTACIONE POWER POINT
4) CÓMO MANTENER LA ATENCIÓN

Sistema De Video Conferencias - Reglamento
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