Se conoció la Sentencia que condenó a José Oscar Casette a ocho años de prisión por homicidio

La Sala Segunda de la Cámara Primera en lo Criminal de Paraná dio a conocer, el pasado jueves 16 de junio, su Sentencia por la cual, en el marco de la instancia de Juicio Abreviado, condenó a José Oscar Casette a la pena de ocho años de prisión por el Homicidio de Juan Francisco Lazaga, y a Miguel Ángel Medina a la pena de a la pena de un año de prisión de cumplimiento condicional por el delito de encubrimiento.

        El Tribunal de la Sala Segunda de la Cámara Primera en lo Criminal de Paraná, integrado por los Dres. Elisa Zilli, Ricardo Bonazzola y Alejandro Grippo, asistidos de la Secretaria Autorizante Dra. Melina Arduino, dio a conocer el pasado jueves 16 de junio su Sentencia en el marco de la causa que investiga el homicidio de Juan Francisco Lazaga, ocurrido el 9 de marzo de 2012 en la ciudad de Paraná.
         En la audiencia de juicio abreviado, realizada oportunamente, intervinieron como Fiscal, el Dr. Alejandro Cánepa, los Sres. Representantes de la Querella Particular, Dres. Miguel Ángel Cullen y Guillermo Vartorelli, como Actor Civil, el Dr. Matías Argüello de la Vega, y por la Defensa de los encausados, la Dra. Sandra García.
         A los imputados, José Oscar Casette y Miguel Ángel Medina, en la requisitoria Fiscal se les atribuye la comisión del siguiente hecho acontecido el 9 de marzo de 2012, oportunidad en la que Casette al “desplazarse como conductor de un vehículo, acompañado por Miguel Ángel Medina, y luego de mantener una discusión mientras transitaban por calle Almafuerte en dirección al centro de esta ciudad, con Juan Francisco Lazaga, quien se conducía en una moto, en compañía de Norma Pisech, en circunstancias en que el semáforo existente en cinco esquinas se encontraba en rojo, procedió a descender abruptamente de la camioneta en que se conducía y, munido de un arma blanca, le propinó a Lazaga tres heridas punzo cortantes las cuales determinaron su deceso, dándose a la fuga conjuntamente con su acompañante, en el mismo vehículo que conducía, siendo aprehendidos por personal policial en calle 25 de mayo, metros antes de Monte Caseros”.
         El Tribunal brindo amplias explicaciones a los imputados respecto del procedimiento de Juicio Abreviado escogido, como así también sobre sus consecuencias, haciéndoseles saber que su conformidad con el juicio abreviado importa la admisión de la existencia de los hechos atribuidos y de su responsabilidad en ellos, y el alcance de la intervención que se les adjudica.
         Asimismo se les hizo saber el monto de la pena interesada por la Fiscalía, y que el Tribunal, en caso de encontrarlos culpables, no puede imponerles una pena superior a ese monto que acordaran. La conformidad fue prestada sin objeciones por los encausados.
         En las consideraciones de su voto la Dra. Zilli señalo que del plexo probatorio se desprende, en forma clara e inequívoca, tanto la materialidad de los hechos atribuidos como la participación que les cupo a los encausados, del modo y con los alcances en que se sostiene en la acusación fiscal, lo que justifica plenamente y torna comprensible la actitud asumida por los mismos, al prestar su conformidad a la aplicación del trámite de juicio abreviado.
         El Tribunal, por unanimidad, declaró a José Oscar Casette autor material y responsable del delito de Homicidio Simple y en consecuencia lo Condenó a la pena de Ocho Años de prisión y accesorias legales.
         Asimismo declaró a Miguel Angel Medina autor material y responsable del delito de Encubrimiento Agravado en Grado de Tentativa y en consecuencia lo Condenó a la pena de Un Año de prisión de cumplimiento condicional y el cumplimiento de las siguientes pautas de conducta, durante el plazo mínimo de dos años, consistentes en fijar domicilio, abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas, abstenerse de realizar actos molestos y/o perturbadores al grupo familiar de la víctima, y la realización de ocho horas mensuales de tareas comunitarias no remuneradas en el establecimiento de la localidad de Conscripto Bernardi que la Oficina de Medios Alternativos (O.M.A.) determine, debiendo acreditar el cumplimiento de la misma ante la OMA.
         Además resolvió mantener el alojamiento del imputado José Oscar Casette en la Unidad Penal Nº 9 de Gualeguaychú, en donde se encuentra cumpliendo la Prisión Preventiva impuesta, sin perjuicio de la facultad de la señora Jueza de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de disponer el cumplimiento de la pena en una unidad carcelaria distinta, teniendo en consideración las razones vertidas por las partes.
         El texto completo de la Sentencia se puede consultar el en siguiente enlace.

        Información SIC Nº 132/16 – 21 de junio de 2016.

 

 

 

 

Lic. Alejandro Heinrich
Jefe del SIC-STJER
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